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dc.contributor.authorPadilla Dionisio, Fatima del Carmen
dc.contributor.authorEspinosa Angulo, Yesmin Xsarify
dc.contributor.otherLopecedeño Estefan, Salvador
dc.contributor.otherGomez Palma, Lorena del Carmen
dc.date.accessioned2023-09-28T19:54:36Z
dc.date.available2023-09-28T19:54:36Z
dc.date.issued2009
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12249/3480
dc.description.abstractLa gravedad de los conflictos sociales y la falta de solución de los mismos ante una sociedad que día a día exige justicia al momento verse inmerso en una de ello, ha generado la necesidad de buscar mecanismos alternos de procuración e impartición de justicia. El rompimiento de los esquemas tradicionales y la apertura de nuevas alternativas de justicia, son impostergables en este mundo que vivimos, en el que impera la desesperación y la intolerancia, la violencia y la delincuencia, producto en gran parte de la impotencia social para lograr una justicia pronta y expedita. Es indiscutible la demanda del servicio público de procuración y administración de justicia, originados por una diversidad de factores sociales, económicos, culturales y demográficos, requiere por parte de las instancias gubernamentales, de una disposición de recursos humanos y económicos destinados a hacer frente a tales demandas de servicio. El impulso de la mediación como medida alternativa de solución de conflictos penales en sede de averiguación previa, y el replanteamiento de la condena condicional mediante la suspensión del proceso a prueba, en sede judicial tiene como objetivos fundamentales: el fortalecimiento de un sistema acusatorio al recuperar la confianza en nuestro sistema de justicia penal y sus instituciones. La utilización de la mediación en el procedimiento penal en su fase inicial, se justifica plenamente cuando se trata de delitos que se persiguen por querella; es innegable que en todo conflicto de esta naturaleza, una vez iniciado, la parte denunciante se vuelva dogmática , ciega ante ciertos argumentos del adversario y así el conflicto toma vida propia, con el mecanismo de reacciones de escala; la función del mediador es animar a las partes a encontrar una solución común mediante un franco diálogo entre los adversarios, y sobre todo procurar que no se desvíe el fondo del asunto.
dc.description.provenanceSubmitted by Guadalupe Castillo Villanueva (castillogm@uqroo.edu.mx) on 2023-09-28T19:53:20Z No. of bitstreams: 1 KB365.P32.2009-59632.pdf: 4054961 bytes, checksum: 716c3c6b6950fed359de7f6950c79e7e (MD5)
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dc.formatpdf
dc.language.isospa
dc.publisherUniversidad de Quintana Roo
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.subjectDerecho penal
dc.subjectQuintana Roo
dc.subject.classificationCIENCIAS SOCIALES::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::DERECHO Y LEGISLACIÓN NACIONALES::DERECHO PENAL
dc.titleLa mediación penal en la procuración de justicia: una propuesta para el Estado de Quintana Roo en los delitos de querella.
dc.typeTrabajo de grado, licenciatura
dc.type.conacytbachelorDegreeWork
dc.description.enky870
dc.rights.accesopenAccess
dc.identifier.lccKB365
dc.identificator5||56||5605||560505
dc.audiencegeneralPublic
dc.divisionCampus Chetumal Bahía
dc.division.subDivisión de Ciencias Sociales y Económicas Administrativas
dc.division.programaDerecho


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